11 de julio de 2010

El Ministerio de Industria multa a una televisión

El Ministerio de Industria ha multado con 100.000€ a la televisión de Intereconomía por la emisión, el año pasado, de un vídeo promocional de la propia cadena. El poder ejecutivo ha actuado con contundencia, porque considera que el anuncio atentaba contra la dignidad de las personas.

En efecto, la ley trata de evitar que la publicidad televisiva vulnere el debido respeto a la dignidad de las personas o a sus convicciones religiosas y políticas. De igual modo dice que a nadie se puede discriminar por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad y opinión.

Ciertamente, todos los protagonistas de esta polémica reconocen como justa esta ley. No estamos ante el caso de un medio de comunicación tipo Egin, que chocaba, de forma evidente, con el ordenamiento jurídico vigente o con una parte de éste. Por tanto, en principio, no dudamos de la buena fe del gobierno, ni de Intereconomía. El propio Consejo Audiovisual de Andalucía –que fue quién recogió la queja que inició el procedimiento- no veía una clara vulneración en el vídeo. Por consiguiente, nos parece que, ante la duda o la diferencia de interpretaciones sobre el contenido del anuncio, podría haber sido más conveniente que fueran los tribunales los que dictaminaran si el espacio publicitario constituía un atentado contra la dignidad de las personas o se trataba, simplemente, de un ejercicio de la libertad de expresión.

Sólo a modo de ejemplo, mencionaremos casos recientes en los que ha sido el juez –y no el ministro del ramo- el que ha dicho qué hechos ya no se trataban de una manifestación de la libertad de expresión, sino de un ataque a los derechos fundamentales de las personas.

-Hace unos días, hemos conocido la sentencia que condena a indemnizar a La Sexta con 100.000€ a Telecinco, precisamente por la emisión de un vídeo titulado: “El día de la mierda”, en el que la cadena de Roures insultaba a su competidora.

-A su vez, Telecinco y la agencia de noticias ATLAS fueron condenadas por los tribunales a pagar 100.000€, en Abril de este año, a la familia del doctor. Rodríguez de la Fuente por un reportaje en el espacio Aquí hay tomate.

-Aunque han pasado dos años, fue famosa la sentencia que condenó a Federico Jiménez Losantos a pagar 100.000 € de indemnización a José Antonio Zarzalejos; entonces, director de ABC.

-Quizás, sea conveniente recordar también que, el 1 de Marzo de este año, Telemadrid fue condenada por los tribunales, por vulnerar el derecho de huelga y el derecho a la libertad sindical. Según quedó demostrado en el juicio, alteró su programación, el día en el que estaba convocada una huelga de sus empleados.

Si la paciencia del lector nos lo permite, mencionaremos dos vídeos más que ni han sido objeto de multa, ni de demanda –que sepamos-. Poco antes del partido España-Paraguay, la Cuatro emitió un vídeo en el que ridiculizaba a los paraguayos con burlas -nos avergüenza recordarlas- que han provocado las protestas diplomáticas del gobierno de Paraguay, un país hermano del nuestro. Y, eso que esta cadena ocasionó, hace unos meses, muchas protestas por otro vídeo, en el que el objeto de las chanzas era un perplejo mendigo alemán.

En definitiva, el gobierno no ha multado a las cadenas en los casos arriba expuestos. Y algunos de estos hechos han sido constitutitos de demandas, que han prosperado y los jueces han juzgado como incompatibles con el respeto hacia las personas. Creemos que la libertad de expresión tiene unos límites. La ley los marca. Y, pensamos que el Poder Judicial es el más indicado para estudiar estos temas fundamentales. Nos parece que la libertad de expresión y la dignidad de las personas se garantizan mejor de esta forma.

Como telespectadores observamos que el estado (la administración central, el poder autonómico y el municipal) domina numerosas cadenas públicas. No olvidamos que es quien otorga las licencias para operar a las privadas. Y además, la administración puede multar a cualquier emisora -aunque sea por un asunto dudoso-. Por lo menos, a la hora de aplicar medidas coercitivas graves, nos parece más prudente, que fueran los tribunales los que entendieran sobre derechos y libertades fundamentales.

De hecho, es lo que previsiblemente sucederá, cuando Intereconomía reciba la notificación (la multa ha sido conocida porque se filtró a la prensa) y la recurra. Y, nos preguntamos, si al final este vídeo terminará en los tribunales, por qué no se ha empezado por ahí. Posiblemente, el ministro hubiera tenido más tiempo para ocuparse de otros temas también importantes y de los que –a lo mejor- ningún otro poder del estado tiene más competencias que él para trabajar en ellos. Pedro Seco Varón.

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